admin

¿Sabías que en el nuevo mapa comarcal de 2023 ya no aparece el nombre de nuestro pueblo?

  

A principios de año, el Institut Cartogàfic de València (ICV), publicaba la edición 2023 del mapa comarcal de la Comunitat, que recoge, entre otros cambios de la Generalitat, la eliminación del nombre de nuestro pueblo de la denominación de la comarca que ha pasado a ser: La hoya de Buñol. En este punto nos hacemos preguntas como: ¿Está consensuado este nombre? ¿tiene una justificación histórica esta nueva división territorial?

Si repasamos la historia, nuestro pueblo nunca ha estado situado en este espacio de la hoya del río Buñol, de ese accidente geográfico (valle fluvial que genera este torrente), mientras que, por otro lado, los pueblos que sí se ubican en ese espacio (Macastre, Yátova, Alborache y el propio Buñol), sí que han pertenecido, durante más de un siglo al partido judicial y al distrito electoral de Chiva…

Hay que recordar que nuestro municipio ha sido cabeza de partido judicial, con juzgado de primera instancia, desde que entran en actividad estos entes en los que se subdividieron las provincias, a mediados del siglo XIX (en 1834 se promueve la primera división moderna). Estas divisiones serían, además y como hemos insinuado, la base para los distritos electorales y el número de partidos variará a lo largo de los años.

Chiva tendrá su propio partido judicial hasta 1989 (Ley 9/1989 de 29 de diciembre publicada en BOE núm 34, de 8 de febrero de 1990. Capitalidad de los Partidos Judiciales de la Comunidad Valenciana), cuando la nueva Ley de Demarcación y Planta Judicial de 1988 hizo que nuestro juzgado de distrito se trasladara a Requena. De esta forma, esta ciudad pasará a convertirse en uno de los partidos judiciales más grandes de España, pero con la problemática, de que no contará, como se ha demostrado, con la dotación judicial suficiente para atender a una población y a un territorio tan amplio. 

Por otra parte, hay que reseñar que nuestra villa tuvo que entrar, por imperativo legal, en 1987 en la demarcación territorial habilitada (DTH), con otras localidades vecinas, sin ningún tipo de acuerdo; tampoco en el nombre, que, creemos, no debería haber contenido el de ninguna población, como la mayoría de estas demarcaciones en nuestra región. Lo imponía el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana (Ley Orgánica 5/1982 de 1 de julio) que recogía la necesidad de agrupar territorios en Comarcas. Por cierto, parece que esta estructuración comarcal no se ha aprobado, como se debería haber hecho, en una Ley de “Comarcalización” por parte de ningún Gobierno Autonómico hasta la fecha. Así, esta decisión arbitraria de la Generalitat, obligó al Ayuntamiento de Chiva a realizar, previamente, unas sesiones plenarias donde se acordó por mayoría absoluta de sus legítimos representantes, el que la denominación de la DTH debería ser Mancomunidad Intermunicipal Chiva-Hoya de Buñol (Sesión plenaria del 07 de febrero de 1986).

Trece años más tarde, pasará a llamarse Hoya de Buñol-Chiva (Consellería de Presidencia. Resolución de 21 de mayo de 2012 del director general de Administración local, por el que se publican los Estatutos de la Mancomunidad Hoya de Buñol-Chiva DOCV núm. 6782 de 25/05/2012). Y esta vez el cambio de nombre se hace sin aprobación de los ayuntamientos y, de nuevo, sin consensuar.

Así mismo, respecto a la Mancomunidad, debemos de decir que, el cuestionado Decreto del Gobierno Valenciano nº 170, de 25 de octubre de 1985,dispone una “incidencia territorial” de las demarcaciones habilitadas (mal llamadas a día de hoy “comarcas”); lo que se traduce en que las mismas tengan órganos políticos o administrativos a ese nivel, ésto se traduce en la Mancomunidad, pero hay que resaltar que, al parecer, tampoco existe una disposición legal para ello.

En conclusión, desde este foro, pedimos a nuestro Ayuntamiento a que inste a las administraciones superiores a que cumplan con la legalidad. Es lamentable que se refieran en todas las publicaciones e instancias a nuestra comarca, como ellos han decidido caprichosamente y sin ningún fundamento, que se llame, obviando en nombre de nuestro pueblo, el que más término y habitantes tiene de la comarca (duplicando, casi, al que le sigue). También el que, históricamente, ha encabezado su demarcación territorial. Pero, igualmente, es el que más ha sido castigado en sus intereses y en su prestigio, tras la guerra civil (fue el que sufrió una mayor represión) y hasta nuestros días.

Así mismo, debería desarrollarse la “Ley de Comarcas” y, como hemos dicho, encontrar un nombre consensuado entre todos los municipios que denomine a esta zona de interior, que no solo agrupe a esos cuatro que estarían en esa Hoya y que no son los que tienen más población, ni los que ocupan mayor extensión en nuestro territorio. Creemos que se debería consensuar un nombre que no sea excluyente de ninguna localidad que la componga.

En este punto, quisiéramos sugerir, desde nuestra asociación, un nombre que sí englobaría toda la zona, que tiene un fundamento histórico y que nunca se ha barajado. Y es el que hemos localizado en un mapa de “Valentia Regnum” de 1598, de Pietro Marchetti que nos ha hecho llegar nuestro compañero y gran amante de las antigüedades Sergio Carrión Miró: “TERRA BONA”. En este plano de 10 x 7 cm, esta parece que es la denominación del territorio que se extiende entre el Júcar y el Guadalaviar (Turia), englobando nuestra actual “comarca”, al Este de Siete Aguas.

Un nombre, pues, positivo y no excluyente, como el actual, que podría englobar con una mayor aceptación por parte de todos los pueblos de todo este espacio que no solo comprende la hoya del río Buñol, sino, también, los términos de otros municipios que no están dentro de esa concavidad, de ese hoyo que forma el cauce del atractivo torrente. Todos esos lugares que, por contra, también forman parte de esa “Tierra buena”.  

Centro de Estudios Chivanos (CECH).

Facebook
WhatsApp
Email

Accede a nuestra tienda online